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TC: Dejó sin efecto investigación contra Keiko Fujimori en caso ‘Cócteles’

El Tribunal Constitucional  dejó sin efecto todos los actos precedentes en la investigación contra la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, por el presunto delito de lavado de activos, en el marco del ‘Caso Cócteles’.

También decidió dejar sin efecto la nueva acusación fiscal contra Fujimori presentada el pasado 2 de julio de 2025.

Con votos de los magistrados Helder Domínguez Haro, Francisco Morales Saravia, Gustavo Gutiérrez Ticse, César Ochoa Cardich y Pedro Hernández Chávez, el TC consideró que se ha vulnerado el principio de legalidad y el derecho a un plazo razonable en la administración de justicia.

«No se está declarando la inocencia o culpabilidad de la beneficiaria, sino constatando la inviabilidad de proseguir con una imputación carente de sustento jurídico y claramente opuesta a lo establecido en la Constitución», se puede leer en el fundamento 96 de la resolución.

Asimismo, el TC decidió dejar sin efecto la nueva acusación fiscal contra Fujimori presentada el pasado 2 de julio de 2025.

DATOS

Fundamento destacado: 95. En lo que respecta a la infracción del principio de legalidad penal, la consecuencia inmediata es que al margen de la nulidad de las cuestionadas resoluciones 35 y 46 que desestimaron las excepciones de naturaleza de acción por los delitos de lavado de activos y organización criminal, las actuaciones del Ministerio Público tendientes a incriminar a la beneficiaria específicamente por los citados delitos carecen de todo sustento y como tales, deben quedar sin efecto. En este extremo, también debe quedar sin efecto la nueva acusación fiscal de fecha 02 de julio del 2025.

96. En lo que respecta al proceso penal seguido contra la recurrente, no se está declarando la inocencia o culpabilidad de la beneficiaria, sino constatando la inviabilidad de proseguir con una imputación carente de sustento jurídico y claramente opuesta a lo establecido en la Constitución.

97. Finalmente, y en lo que respecta a la vulneración del plazo razonable en la administración de Justicia, es responsabilidad de la jurisdicción penal el decidir en el más breve término, lo que ha de corresponder respecto de la situación jurídica de la beneficiaria. La adopción de tal decisión, necesariamente deberá tomar en cuenta, lo señalado en la presente sentencia.

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