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OPINIÓN/ Mar territorial o dominio marítimo

Escribe;  Antero Flores-Araoz

El tratado  de Alta Mar debería ser aprobado por el Congreso, no solo porque no tiene nada que ver con las doscientas millas

La presidente de la República ha suscrito el Tratado de Alta Mar, más conocido por la sigla BBNJ y se armó la batahola, pues se creó, aunque erradamente, que ello tenía que ver con la Convención del Mar (CONVEMAR) que el Perú hasta ahora es renuente a aprobar, pues se cree que limitaría nuestra soberanía en el mar frente a nuestro litoral y hasta la altura de las doscientas millas marinas.

La convención BBNJ para obligar al Perú tendría todavía que pasar por la aprobación del Congreso, la ratificación por el Poder Ejecutivo y su depósito ante Naciones Unidas. Como vemos el tema para nosotros recién comienza, pero ya se armó la batahola.

Hay voces e instituciones que se han opuesto, pero sin escuchar ni leer a los que más saben  del tema, como entre otros los excancilleres Eduardo Ferrero Costa y Miguel Angel Rodríguez Mackay, el actual canciller Elmer Schialer, al embajador Nicolás Roncagliolo, al constitucionalista Domingo García Belaunde, olvidando también la cátedra que sobre el tema muchísimos años nos dio el embajador Bákula y recientemente instituciones como la Sociedad Peruana de Derecho Internacional y el Instituto de Estudios Jurídico-Marítimos del Perú.

Todo lo relacionado con el mar adyacente a nuestra costa, es tema que genera resquemores puesto que hay el imaginario colectivo de que nuestro “mar territorial” va hasta el límite terminal de las doscientas millas marinas.

El motivo de la errada creencia colectiva aludida en el párrafo anterior se debe al Decreto Supremo N° 781 del 01 de agosto de 1947 y a la famosa Declaración de Santiago del año de 1952, aunque muy alejada de la realidad que es que primero hasta las tres millas , marinas, después hasta las seis y luego hasta las doce es mar territorial, pero de allí hasta las doscientas millas es soberanía, dominio y jurisdicción nacional, lo que está claramente previsto en la Convención del Mar, que tanto Chile como Ecuador han firmado siendo nuestros socios en la tesis de las famosas doscientas millas, pero que no todas son mar territorial.

El tema sobre mar territorial o dominio marítimo fue ampliamente debatido en la Asamblea Constituyente que aprobó la anterior Constitución de 1979, cuyo artículo 98 para nada se refiere a “mar territorial” sino al dominio marítimo del Estado, el que “comprende el mar adyacente a sus costas, así como su lecho y subsuelo, hasta la distancia desde doscientas millas marinas … En su dominio marítimo, el Perú ejerce soberanía y jurisdicción, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional …”

En los debates de aquella época no prosperó la tesis territorialista amparada por los constituyentes Alberto Ruíz Eldredge y Andrés Aramburú Menchaca. La Constitución de 1993 que nos rige, tiene idéntica disposición y por supuesto nada de “mar territorial” que solo está en la mente de muchas gentes, ante el error de haberse mencionado años y años, aunque sin sustento jurídico. Más aún, de nada serviría establecerlo si el resto del mundo no lo respetará por unilateral y estar fuera de los tratados internacionales.

El tratado  de Alta Mar debería ser aprobado por el Congreso, no solo porque no tiene nada que ver con las doscientas millas, sino porque es una convención que protege al ecosistema, el medio ambiente, los recursos biológicos y demás, más allá tales doscientas millas. Ojalá también se apruebe la CONVEMAR como lo han hecho ya Chile y Ecuador, más cuando muchos preceptos de ella fueron invocados por la sentencia de la Corte Internacional de La Haya en el diferendo de delimitación marítima entre Chile y Perú.

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