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CASO INTEROCEÁNICA: CONDENAN A EXPRESIDENTE TOLEDO A 20 AÑOS Y 6 MESES DE PRISIÓN

El expresidente de la República, Alejandro Toledo Manrique, fue condenado esta tarde a 20 años y seis meses de prisión, al haber sido hallado responsable de los delitos de colusión agravada y lavado de activos por el caso Interoceánica Sur.

La sentencia fue impuesta por Segundo Juzgado Penal Colegiado Nacional, el mismo que determinó que Toledo Manrique fue parte de una concertación que favoreció a la empresa Odebrecht, con la adjudicación de la construcción de los tramos 2 y 3 de la carretera Interoceánica Sur, a cambio de recibir una coima ascendente a 35 millones de dólares.

En el caso específico de Toledo Manrique, la referida sala determinó que la ejecución de la condena será de aplicación inmediata. Por el delito de colusión (en calidad de autor) se le impuso una condena de 9 años de pena privativa de la libertad, mientras que por lavado de activos fue sentenciado a 11 años y medio de prisión.

La condena impuesta a Toledo será computada a partir del 23 de abril del 2022, debiendo finalizar el 22 de octubre del 2043. Además, se sentenció al exmandatario al pago de 242 días multa (que serán calculados de acuerdo con sus ingresos diarios) y fue inhabilitado para el ejercicio de la función pública por 3 años.

De igual manera, por el caso Interoceánica se impuso una reparación civil del orden de 1,375 millones 475,899.30 soles y de 463 millones 782,000 soles, montos que serán pagados de manera solidaria por todos los que han sido declarados culpables en la presente causa.

Asimismo, la referida sala condenó a Sergio Rafael Bravo Orellana a 9 años de prisión por el delito de colusión el mismo que fue inhabilitado por 3 años para el ejercicio de la función pública. Igual condena fue impuesta para Alberto Javier Pasco Font Quevedo.

En tanto que José Fernando Castillo Dibos recibió una condena de 14 años y medio a razón de 6 años por colusión y 8 años 6 meses por lavado de activos, más 172 días multa.

Sin embargo, en el caso de estas 3 personas la ejecución de la pena fue suspendida, estableciendo en su defecto el cumplimiento de reglas de conducta, entre las que se incluye el impedimento de salida del país, el control judicial de actividades bimensuales, , y la obligación de informar a la judicatura sobre cualquier cambio de su lugar de residencia. Finalmente el colegiado fijó para dentro de 8 días la lectura integral de la sentencia.

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