Ya es oficial. El Congreso de la República publicó hoy la Ley Nº 32372 que modifica el Código Penal y el Código de Ejecución Penal, cuyo objetivo es facilitar la expulsión de extranjeros y fortalecer, con ello, la seguridad ciudadana.
El dispositivo legal modifica los artículos 30, 30-A, 52 y 52-A del Código Penal, que se refieren a una serie de aspectos vinculados a la aplicación de la pena restrictiva de la libertad.
En ese sentido, la norma indica que la expulsión de un extranjero “conlleva a la imposibilidad de retornar al territorio nacional por un tiempo igual a la duración de la pena máxima del delito cometido, y el archivo de cualquier otro procedimiento administrativo con el mismo propósito”.
Además, precisa que la reparación civil se obtiene de sus bienes mediante el decomiso o la extinción de dominio sobre los bienes del agente; y añade que la reparación civil no prescribe».
También se modificó el artículo 118 del Código de Ejecución Penal, respecto a la expulsión del país, estableciéndose que esta se ejecutará una vez cumplida la pena privativa de libertad, por concesión de un beneficio penitenciario o por conversión de la pena privativa de libertad.
«El extranjero sentenciado es puesto a disposición de la autoridad competente por el Director del establecimiento penitenciario para efectuar su expulsión», se precisa.