El Estado (…)debe recuperar la autoridad sobre el territorio y erradicar cualquier tipo de actividad ilegal
El Perú posee uno de los sistemas de Áreas Naturales Protegidas (ANP) más importantes de América Latina consistentes en parques nacionales, reservas nacionales, reservas comunales, santuarios y otras categorías para proteger bosques amazónicos, cabeceras de cuenca, ríos, lagunas, humedales y ecosistemas de enorme valor ecológico y cultural.
En la actualidad, estas áreas enfrentan una amenaza creciente: la minería ilegal y, en determinadas zonas, actividades mineras que generan impactos ambientales significativos. El problema resulta particularmente grave en la Amazonía suroriental, donde la expansión de la minería aurífera ha alcanzado o presionado áreas como la Reserva Nacional Tambopata, el Parque Nacional Bahuaja Sonene y la Reserva Comunal Amarakaeri.
El propio Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP) reconoce que la minería ilegal constituye una de las principales amenazas para las ANP, debido a la destrucción del hábitat, contaminación del suelo y de las fuentes de agua, además de su vinculación con delitos como trata de personas, trabajo forzoso, sicariato, lavado de activos y crimen organizado.
Informalidad no es lo mismo que ilegalidad
De acuerdo con el marco jurídico peruano, la minería informal puede desarrollarse en zonas donde la actividad minera no está prohibida y dentro del proceso de formalización establecido por el Estado, en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO) del Ministerio de Energía y Minas. En cambio, la minería ilegal comprende actividades que incumplen las exigencias legales y, particularmente, aquellas realizadas en zonas donde la actividad minera está prohibida.
Esta diferencia es fundamental cuando se analiza una ANP, porque no se puede utilizar el argumento de estar inscrito en un proceso de formalización para legitimar actividades mineras dentro de espacios donde la legislación prohíbe la actividad.
Además, el Código Penal peruano tipifica la minería ilegal en el artículo 307-A, luego de las modificaciones introducidas por el Decreto Legislativo N° 1695 en enero de 2026, el delito comprende actividades de exploración, extracción, explotación, beneficio u otras actividades mineras realizadas sin autorización y que causen o puedan causar perjuicio, alteración o daño al ambiente, sus componentes o la salud ambiental.
La minería aurífera aluvial, utiliza maquinaria pesada, bombas de succión, dragas, motores, combustible y otros equipos para remover grandes cantidades} de sedimentos, genera una cadena de impactos:
Cuando se inician los trabajos para la minería aluvial se remueve grandes volúmenes de suelo y sedimentos, eliminando árboles, para construir caminos, campamentos y áreas de procesamiento y habilitando zonas para maquinaria y combustible.
El bosque amazónico puede transformarse rápidamente en superficies desnudas, pozas artificiales y depósitos de material, lo que significa es la pérdida de la estructura natural del suelo y de su capacidad para sostener la regeneración del bosque.
El resultado es la pérdida directa de cobertura forestal y, posteriormente, la fragmentación del ecosistema.
Sobre las actividades de minería en Madre de Dios existen numerosos reportes documentados e investigaciones que revelan utilizando información científica y satelital, la dimensión del problema, y que ha sido documentada mediante investigaciones del Programa de Monitoreo de Amazonía Andina – MAAP y Amazon Conservation, que Mongabay publicó que entre 2021 y 2023 la minería había generado 2.439 hectáreas de deforestación en zonas de amortiguamiento de áreas protegidas del sur del Perú, afectando principalmente la Reserva Nacional, Parque Nacional Bahuaja Sonene y Reserva Comunal Amarakaeri.
Asimismo, un reportaje del Diario El Comercio, publicado en mayo de 2026, publicó imágenes satelitales que mostraban aproximadamente 500 hectáreas de bosque deforestadas en la Reserva Nacional Tambopata entre el segundo semestre de 2025 y los primeros meses de 2026, además de 69 hectáreas destruidas solamente durante los dos primeros meses de 2026.
El problema es especialmente serio porque un suelo amazónico degradado no necesariamente recupera sus funciones ecológicas simplemente por el cese de la actividad minera, sino que requiere décadas para recuperar la topografía, controlar sedimentos, reconstruir el suelo y facilitar la regeneración vegetal.
El impacto más crítico es el daño a los sistemas hídricos, porque la minería aluvial puede:
modificar el cauce de los ríos;
remover las riberas;
aumentar la sedimentación;
generar turbidez;
destruir playas y zonas de reproducción;
alterar hábitats de peces;
contaminar el agua con hidrocarburos;
incorporar metales pesados;
modificar la dinámica natural del río.
Igualmente, el daño por el empleo de mercurio para recuperar el oro es significativo, porque puede incorporarse a los sedimentos, agua y organismos y posteriormente ingresar a la cadena alimentaria de las poblaciones amazónicasque dependen de los ríos para pesca, alimentación, transporte y actividades económicas.
Una investigación científica (Rodriguez-Pascual et al, 2024) publicada en la revista Chemosphere, analizó la distribución y acumulación de mercurio en suelos y vegetación de áreas afectadas por minería aurífera artesanal en Madre de Dios, encontrándose acumulación de mercurio en componentes del suelo y en plantas, confirmando que la contaminación no se limita solo al punto donde se realiza el procesamiento del mineral.
El problema tampoco queda circunscrito a un río, porque los ríos están interconectados a otros ríos, cursos de agua y lagos, por eso la contaminación minera debe analizarse por cuencas hidrográficas.
Por ello, hablar solamente de «hectáreas deforestadas»; subestima el problema, porque la contaminación puede permanecer en el sistema ambiental mucho después de que los mineros abandonen el área.
La Reserva Nacional Tambopata constituye probablemente el caso más emblemático de la presión minera sobre una ANP.
Durante 2024, SERNANP reportó 99 patrullajes especiales y 25 operativos interinstitucionales, que permitieron destruir 45 campamentos mineros y más de 50 motores y otros equipos utilizados por la minería ilegal. La presión continuó durante 2025 y en febrero de 2026, el Estado ejecutó una operación terrestre y fluvial contra la infraestructura de las mafias auríferas en Tambopata y su zona de amortiguamiento.
Posteriormente, SERNANP informó que durante los primeros meses de 2026 se habían realizado más de 75 interdicciones, destruyendo centenares de campamentos, balsas, motores, bombas de succión y otros equipos vinculados con la actividad ilícita.
Una investigación recientemente publicada por Mongabay, en agosto de 2026, reportó que la minería ilegal e informal había afectado aproximadamente 5.680 hectáreas del Parque Nacional Bahuaja Sonene y su zona de amortiguamiento, según información de Amazon Mining Watch.
El Parque Nacional Bahuaja Sonene representa otro caso crítico del ingreso de la minería ilegal ha ejercido presión sobre sus zonas de amortiguamiento y sectores próximos a los ríos Inambari y Malinowski.
El caso del río Malinowski, ubicado entre dos de las áreas protegidas la Reserva Nacional Tambopata y el Parque Nacional Bahuaja Sonene, en el departamento de Madre de Dios (Perú), es considerado un caso de estudio emblemático, porque expone el extremo de la destrucción ambiental, social y geopolítico de la minería ilegal de oro aluvial en la Amazonía.
Es importante indicar que los impactos no se limitan al bosque, porque se reportan problemas de sedimentación y contaminación por mercurio, combustibles y aceites en sistemas fluviales relacionados con el parque, sino que puede afectar a peces, taricayas, nutrias gigantes y otras especies.
En otras palabras, la minería puede modificar la estructura física del ecosistema y simultáneamente deteriorar las relaciones ecológicas que permiten su funcionamiento.
La Reserva Comunal Amarakaeri presenta una característica adicional: la relación entre conservación y derechos de los pueblos indígenas.
La minería ilegal en las zonas de amortiguamiento afecta no solamente bosques y ríos, sino también territorios utilizados por comunidades indígenas para actividades tradicionales y económicas.
En 2017, el Ministerio del Ambiente informó sobre una sentencia contra dos mineros ilegales que operaban en la zona de amortiguamiento de la Reserva Comunal Amarakaeri. El MINAM señaló que estas actividades alteraban la protección de las cuencas de los ríos Madre de Dios y Colorado y afectaban la estabilidad de tierras y bosques y la calidad y cantidad del agua.
Esto demuestra que el impacto de la minería ilegal puede convertirse también en un problema de seguridad alimentaria, salud, territorio y derechos colectivos.
Existen otras ANP afectadas por la minería ilegal como Reserva Paisajística Nor Yauyos Cochas y su zona de amortiguamiento, en Junín¸ igualmente, la Reserva Nacional San Fernando, en Ica.
El Estado reconoce la relación de la minería ilegal con el crimen organizado, lavado de activos, corrupción, trata de personas y otras actividades ilícitas.
Conclusión
Es prioritario para el Estado, debido al tiempo transcurrido y el avance agresivo de la minería ilegal, que han ocupado extensas zonas dentro de las Áreas Naturales Protegidas (ANP), incluidas las zonas de amortiguamiento, debe recuperar la autoridad sobre el territorio y erradicar cualquier tipo de actividad ilegal, teniendo en cuenta que las ANP tienen actividades establecidas en los Planes Maestros.