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VIZCARRA INHABILITADO POR 5 AÑOS

El Pleno del Congreso de la República aprobó inhabilitar al expresidente de la República, Martín Vizcarra, por cinco años para el ejercicio de la función pública.

La denuncia constitucional señala que la suspensión sea en la condición de exministro de Transportes y Comunicaciones, por infracción al artículo 126 de la Constitución Política del Perú.

Con 67 votos a favor, 5 en contra y 15 abstenciones, el Parlamento aprobó el informe sustentado por la congresista Elizabeth Taipe (Perú Libre), que recomendaba la inhabilitación del exmandatario.
La denuncia constitucional señala que la suspensión sea en la condición de exministro de Transportes y Comunicaciones, por infracción al artículo 126 de la Constitución Política del Perú.
Vizcarra se presentó ayer miércoles ante los legisladores junto a su abogado, Jonathan Correa, para dar sus descargos frente a la denuncia que realizó la excongresista, Yeni Vilcatoma.
“Es una acusación, que no tiene un carácter técnico o legal, sino es para sacarme”, dijo Vizcarra, quien fue denunciado por su supuestos vínculos con empresas privadas durante su gestión como ministro.
Cabe recordar que el exmandatario ya había sido inhabilitado para ejercer cualquier cargo público debido a que se le acusó de vacunarse de forma irregular con una dosis de Sinopharm, por lo que no pudo formar parte del actual Congreso tras haber sido elegido en los comicios de 2021.

TC declaró improcedente recurso de Vizcarra 

Por otro lado, es importante anotar que la Sala Primera del Tribunal Constitucional declaró en abril pasado improcedente una demanda de habeas corpus presentada a favor del ex presidente Martin Vizcarra para dejar sin efecto la resolución del Congreso donde se dispuso su vacancia en el cargo por permanente incapacidad moral.
Este recurso fue presentado por Edilberto Azabache Castro, abogado del exmandatario, y estaba dirigido contra el entonces presidente del Congreso, Manuel Merino, así como el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal y la Cuarta Sala Penal de Apelaciones de Arequipa por haber desestimado esta acción de habeas corpus en primera y segunda instancia, respectivamente.

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