TC DECLARA IMPROCEDENTE LA INTERPRETACIÓN DEL ART. 117 DE LA CONSTITUCIÓN
El Pleno del TC admitió a trámite la demanda competencial presenta por el Congreso contra el Poder Judicial, pero no el pedido de ampliación vinculado a la interpretación del artículo 117 de la Constitución, en relación a la denuncia constitucional contra el presidente Pedro Castillo.
el Tribunal señaló que no tiene competencias consultivas, y se pronuncia conforme al Código Procesal Constitucional
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) —en sesión plenaria de hoy martes— admitió a trámite por unanimidad la demanda competencial interpuesta por el Congreso de la República contra el Poder Judicial; sin embargo, declaró improcedente el escrito de ampliación del petitorio respecto a la interpretación del artículo 117 de la Constitución, ello en relación a la denuncia constitucional de la Fiscalía de la Nación contra el mandatario.
El Tribunal Constitucional argumentó que no tienen «competencias consultivas». «Respecto a la improcedencia del escrito ampliatorio, para la interpretación del artículo 117 de la Constitución, el Tribunal señaló que no tiene competencias consultivas, y se pronuncia conforme al Código Procesal Constitucional, en un litigio o proceso que cumpla con los requisitos básicos: afectación concreta a atribuciones de otro poder del Estado e identidades de partes en conflicto, lo que no se cumple en el referido escrito ampliatorio», se lee en el comunicado tras la reunión del Pleno del TC.
El Colegiado decidió admitir la demanda en la que el Parlamento solicitó interprete las competencias que le corresponden al Congreso de la República, conforme a lo establecido en la Constitución Política del Perú y, asimismo, determine si estas pueden ser limitadas y restringidas por el Poder Judicial