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FISCALÍA INVESTIGA A EX TITULAR DE LA PCM Y A SECRETARIA DE COMUNICACIONES

La Primera Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco, a través del primer despacho Provincial Penal  ha dispuesto a través de la Disposición Fiscal No. 01 “Iniciar diligencias preliminares en sede fiscal por el plazo de sesenta (60) días en la denuncia presentada por la presunta comisión del delito de la Administración Pública (delitos cometidos por funcionarios públicos en la modalidad de nombramiento o aceptación ilegal”, contra el entonces presidente del Consejo de Ministros Pedro Miguel Angulo Arana y Zendy Manzaneda Cipriani.

 

no voy a aceptar es que se viole la ley al ejercer un cargo por el cual está impedida, por lo que me veo en la necesidad de denunciarla ante el Colegio de Periodistas de Lima y el Ministerio Público

 

El periodista de larga data C. Alfredo Vignolo G. del V., sostuvo que Zendy Manzaneda Cipriani lo llamó para “ofenderlo, tratarme de misógino y meterse con mi señora madre”, tras publicar una foto suya en su perfil de Facebook “sin su autorización”.
“Tan singular personaje se olvida que las redes sociales son públicas y más aún la portada de Caretas no es privada, si no pública”, afirmó.
“Lo que si no voy a aceptar es que se viole la ley al ejercer un cargo por el cual está impedida, por lo que me veo en la necesidad de denunciarla ante el Colegio de Periodistas de Lima y el Ministerio Público”, sentenció.
El también columnista del diario Expreso y ex presidente del Tribunal de Honor del Colegio de Periodistas del Perú (CPP) recordó que la Ley No. 24898 señala que los “Jefes de Información, agregados de prensa y los periodistas que prestan servicios en el Sector Público, Gobiernos Locales, Organismos descentralizados, incluyendo a las empresas del Estado, sean estas públicas o mixtas, deben ser necesariamente periodistas colegiados” y, Zendy Manzaneda no lo es.
El connotado hombre de prensa compartió un post con una imagen en la que se observa que Manzaneda se encuentra inhabilitada en el Colegio Profesional de Relacionistas Públicos del Perú.
Según refiere, el Código Penal es sumamente claro en el artículo 363, referido al “Ejercicio ilegal de profesión”, donde se señala: “El que ejerce profesión sin reunir los requisitos legales requeridos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años”, más aún “La pena será no menor de cuatro ni mayor de ocho años, si el ejercicio de la profesión se da en el ámbito de la función pública o prestando servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual».
Angulo, en su condición de entonces presidente del Consejo de Ministros, está incurso en el artículo 364 “El profesional que ampara con su firma el trabajo de quien no tiene título para ejercerlo, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de cuatro años e inhabilitación de uno a tres años conforme al artículo 36º, incisos 1 y 2”.
Existe una flagrante violación de la ley, que estipula para poder trabajar en la Administración Pública, se necesita ser periodista colegiado y Manzaneda no está colegiada, al no aparecer en el padrón del Colegio de Periodistas del Perú (CPP).
La Resolución Ministerial No. 335-2022-PCM del 13 de diciembre de 2022, en artículo único, señala: “Designar a la señora Zendy Manzaneda Cipriani en el cargo de Secretaria de la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia del Consejo de Ministros”, el documento lleva la firma de Pedro Miguel Angulo Arana, presidente del Consejo de Ministros.
Finalmente sostuvo que el Ministerio Público actúo diligente y prontamente, sin embargo el Colegio de Periodistas de Lima se mantiene en silencio.

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