no es cierto en lo absoluto que se trate de una ley de amnistía. Nadie juzgado y sentenciado por crímenes cometidos durante la época del terrorismo saldrá libre por esta norma. Lo que señala el proyecto de ley es que nadie podrá ser procesado por delitos de lesa humanidad, si estos se cometieron antes de la entrada en vigencia de esta figura en nuestro ordenamiento penal.
No sorprende la insistente campaña de desinformación emprendida por algunos activistas y operadores de la izquierda y progresía-caviarada que pretenden perpetuar ad-infinitum la persecución a miembros de las fuerzas del orden que vencieron militarmente a los terroristas de ultraizquierda que asolaron nuestra patria a finales del siglo pasado y que actualmente o están procesados interminablemente o cumplen condenas injustas aplicadas como venganza por una justicia que de tal no tiene nada.
Tampoco sorprende que la Corte Interamericana de Derechos Humanos haya intentado amilanar al Congreso de la Republica con un impertinente e intolerable comunicado para que no legisle sobre la prescripción de los delitos de lesa humanidad (incluyendo por cierto también a los poderes Ejecutivo y Judicial), pese a que el mismo Estatuto de Roma que creó la Corte Penal Internacional establece clara y meridianamente que no se puede legislar retroactivamente y menos por delitos inexistentes al momento de su supuesta comisión.
Por ello, resulta satisfactorio que la Comisión Permanente del Parlamento haya aprobado -en segunda votación- el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 6951/2023-CR, que precisa la aplicación y alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana. Así, los delitos de lesa humanidad solo se podrán procesar si se han cometido luego de la entrada en vigencia del mencionado estatuto y de su incorporación a la ley peruana.
Y no es cierto en lo absoluto que se trate de una ley de amnistía. Nadie juzgado y sentenciado por crímenes cometidos durante la época del terrorismo saldrá libre por esta norma. Lo que señala el proyecto de ley es que nadie podrá ser procesado por delitos de lesa humanidad, si estos se cometieron antes de la entrada en vigencia de esta figura en nuestro ordenamiento penal. De esta manera se evitará esa perversa espada de Damocles contra los militares que enfrentan eternos procesos impulsados por esas ONG que se aprovechan de este vacío normativo para lucrar miserablemente con este tema.
Inclusive algunos de estos activistas vienen afirmando que la aprobación de la ley en cuestión favorecería a los terroristas si se descubriese que estos han cometido delitos de lesa humanidad antes del 2003, año a partir del cual entraría en vigencia la persecución de delitos de lesa humanidad. Esto constituye una falacia ad-hominem ¿Se sigue persiguiendo a los terroristas como a quienes los combatieron y vencieron? ¿Estos activistas y sus ONG están interesadas en descubrir crímenes de los terroristas? Por supuesto que NO. Más bien la entrada en vigencia de esta ley protegerá a quienes lucharon y nos liberaron de la insania terrorista de continuar siendo perseguidos por quienes bajo una falsa apariencia de justicia solo pretenden perpetuar una venganza política…una que no cesa a veces ni con la muerte.
Otrosí digo: Excelente respuesta POLÍTICA conjunta del Ejecutivo y el Congreso a la “recomendación” de la Corte IDH.