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CONGRESO: Aprueban norma que excluye a policías y militares de la justicia ordinaria

El Congreso aprobó en segunda votación una iniciativa legislativa que establece que los efectivos de la Policía Nacional del Perú y miembros de las Fuerzas Armadas sean procesados de forma exclusiva en el fuero militar policial, en caso sean investigados por presuntos delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones.

Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional

Se establece una regulación específica para este tipo de crímenes conforme a los criterios del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

El proyecto fue aprobado con 52 votos a favor, 43 congresistas votaron en contra y otros cinco se abstuvieron y modifica el Código Militar Policial, así como el nuevo Código Procesal Penal y precisa el delito de función para los efectivos policiales y los militares.

Se plantea, además,  que la norma se aplique en los procesos judiciales en trámite y también en casos con sentencia que se encuentren en revisión, nulidad u otra garantía constitucional.

Además reafirma que el Estatuto de Roma entró en vigencia en Perú el 1 de julio del 2002, por lo que sostiene que hechos ocurridos antes de esa fecha no podrían juzgarse como delitos de lesa humanidad.

De esta forma, que los delitos de función para el caso de policías y militares son aquellas conductas ilícitas en las que pudieran incurrir los efectivos durante el cumplimiento de sus labores o en el marco de un estado de emergencia.

 El texto sostiene que los jueces ordinarios deberán archivar los casos contra policías y militares si es que ya existe un proceso dentro del fuero militar policial, por lo que no se podría avanzar a sentencias firmes.

Cabe anotar que durante la sesión, los parlamentarios del Bloque Democrático, Ruth Luque, Sigrid Bazán y Reymundo Mercado junto a la legisladora no agrupada Flor Pablo presentaron un recurso de reconsideración a la aprobación de esta norma; sin embargo, fue rechazada.

Ahora, esta iniciativa que modifica el proceso a policías y militares en contextos de sanción será remitida a la Presidencia de la República, donde el mandatario José María Balcázar tiene 15 días de plazo para promulgarla u observarla.

 

D A T O S

¿Qué plantea la iniciativa?

El texto propone crear un nuevo Título XIV-B en el Código Penal para regular los delitos de lesa humanidad. 

Entre los principales cambios establece que crímenes como asesinato, tortura, desaparición forzada o violación sexual solo podrán ser considerados de lesa humanidad si se demuestra que fueron cometidos como parte de un “ataque generalizado o sistemático contra una población civil”, y con conocimiento de dicho contexto.

Señala que si los hechos investigados no cumplen con esos elementos deberán ser procesados como delitos comunes conforme a la legislación penal vigente.

 

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