este logro es de exclusiva responsabilidad de la Asociación Casa Huerta el Paraíso-Puente Piedra, por lo tanto, pretender llevar agua a su molino es por lo menos impropio.
El Poder Judicial ordenó el día viernes a la empresa Rutas de Lima SAC que se abstenga de cobrar los peajes en las garitas de la Panamericana Norte, tal cual se lee en el Expediente No. 2608-2024-3.
La Corte Superior de Justicia de Lima, a través del Séptimo Juzgado Civil Subespecialidad en lo Comercial, en donde la demandante, la Asociación Casa Huerta El Paraíso-Puente Piedra y el demandado, la Municipalidad Metropolitana de Lima y otros, en la materia: Medida Cautelar, emitió la Resolución No. 1, de fecha 25 de Enero de este año.
Por presentada la solicitud de medida cautelar y con los documentos que se adjuntan y dando cuenta del escrito de fecha 23 de junio último; Téngase presente el acta de legalización de firma que se adjunta: Al escrito de fecha 24 de enero último; con el arancel judicial que se adjunta, téngase presente y agréguese.
Considerando en el presente caso, el peticionante la Asociación Casa Huerta el Paraíso-Puente Piedra, al amparo de lo dispuesto en los artículos 636 y 682 del Código Procesal Civil, solicita una medida cautelar innovativa, la misma que la dirige contra la Municipalidad Metropolitana de Lima, Rutas de Lima SAC, Guilherme Borges De Queiroz, Raúl Ribeiro Pereira Neto y Brookfield Asset Management, en los siguientes términos, primero que se suspendan provisionalmente los efectos de las cláusulas 1.94 (que define el concepto peaje) y las cláusulas contenidas en el capítulo X, relativo al peaje y la tarifa (numerales 10.1 al 10.15) del Contrato de Concesión del Proyecto Vías Nuevas de Lima, celebrado entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y Rutas de Lima SAC con fecha 09 de enero del 2013 y en consecuencia, inciso i) Que, se ordene a la emplazada Rutas De Lima SAC, se abstenga de cobrar peajes en las Garitas o Unidades de Peaje Chillón ubicadas en la carretera Panamericana Norte, administradas por la emplazada Rutas De Lima SAC, y que, se disponga el cierre de dichas garitas o unidades de Peaje Chillón
Oficiándose a la PNP para que preste su apoyo en este extremo de la ejecución de la medida cautelar.
En consecuencia y en aras de la verdad y la transparencia que tiene que prevalecer, este logro es de exclusiva responsabilidad de la Asociación Casa Huerta el Paraíso-Puente Piedra, por lo tanto, pretender llevar agua a su molino es por lo menos impropio.