El Poder Judicial archivo el delito de asociación ilícita que le atribuía la Fiscalía al expresidente Ollanta Humala y a su esposa Nadine Heredia como parte del proceso penal que afrontan por el caso denominado Gasoducto Sur Peruano vinculado a Odebrecht.
El juez tomó esta medida tras declarar “fundada” una solicitud de excepción de improcedencia de acción que presentó, el 19 de setiembre del 2025, la defensa legal del exministro Luis Miguel Castilla para que se declare el “sobreseimiento” o “archivo” de dicho delito.
El juez Leodan Cristóbal Ayala también adoptó similar medida en el caso de los exministros Luis Miguel Castilla, Eleodoro Mayorga y Rene Cornejo y Carlos Paredes, quienes se encuentran comprendidos dentro de este proceso penal. El magistrado tomó esta determinación tras declarar “fundada”una solicitud de excepción de improcedencia de acción que presentó, el 19 de setiembre del 2025, la defensa legal del exministro Luis Miguel Castilla para que se declare el “sobreseimiento”o “archivo”de dicho delito en favor de su patrocinado, tras alegar atipicidad relativa por ausencia del elemento normativo “delito fin sancionado con pena privativa de libertad mayor a 6 años”. Cristóbal Ayala dispuso que los efectos de esta decisión se hagan extensivos a favor del exmandatario, su esposa y los demás exministros implicados y ordenó que en el caso de ellos también se archive el delito de asociación ilícita que les atribuye la Fiscalía. Mediante una resolución emitida el último 3 de julio, el magistrado ordenó que se levanten todas las medidas cautelares de carácter personal impuestas a estas personas como consecuencia de su exclusión del proceso en el extremo del objeto penal por el delito de asociación ilícita. El magistrado adoptó esta medida en aplicación de la Ley N.º 32108, en la que se establece que los “delitos fines” en el delito de organización criminal deben tener una pena abstracta mínima superior a los seis años de privación de la libertad, la misma que debe aplicarse -incluso- a hechos anteriores a la vigencia de dicha norma, por imperio del principio de favorabilidad de las normas en materia penal y la institución de retroactividad benigna en materia penal. Al respecto, el magistrado determinó que en este caso la presunta comisión del delito de asociación ilícita (organización criminal) vinculado con el delito fin -colusión agravada- la pena mínima del segundo párrafo del artículo 384 del Código Penal es de seis años; es decir, no supera el tope mínimo del artículo 317 del Código Penal, en aplicación de la favorabilidad benigna de ley intermedia (Ley N.° 32108), con lo que la fundabilidad de la excepción de improcedencia de acción postulada por la defensa del exministro Castilla se concreta, puesto que la vinculación con la organización criminal es -únicamente- el delito colusión agravada, como único delito fin.
No obstante, el juez Cristóbal Ayala dispuso que estas personas continúen vinculadas al proceso respecto al “objeto civil” en cuanto a la determinación del pago de una eventual reparación civil que se les pueda imponer por los daños y perjuicios derivados del presunto delito de asociación ilícita en agravio del Estado, en aplicación de lo previsto en el artículo 12.3 del Código Procesal Penal y la doctrina legal desarrollada en el Acuerdo Plenario Nº 4-2019. Asimismo, estableció la reanudación de la audiencia de control de la acusación fiscal presentada sobre el caso Gasoducto Sur Peruano el lunes 6 de julio, a las 9:00 a. m., en la que evaluará las solicitudes de excepción de improcedencia de acción presentadas por los implicados en este caso para que se archive el delito de colusión agravada que también les atribuye el Ministerio Público dentro de este proceso penal. La fiscal Geovana Morí, quien integró el Equipo Especial de la Fiscalía para los casos Odebrecht y Lava Jato, solicitó 35 años de prisión contra el expresidente Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia al acusarlos por los presuntos delitos de asociación ilícita y colusión agravada. La representante del Ministerio Público también solicitó penas de entre 9 y 35 años de prisión para otras 21 personas entre las que se encuentran los exministros Luis Miguel Castilla, Eleodoro Mayorga, René Cornejo, Carlos Paredes y el exsuperintendente de Odebrecht en el Perú, Jorge Simoes Barata, a raíz de este proceso penal en el que además tres empresas se encuentran en condición de terceros civilmente responsables.
Condenados a 15 años de prisión
El 15 de abril del 2025, el expresidente Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia fueron condenados por el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional a 15 años de prisión al ser hallados responsables del delito de lavado de activosa raíz de los presuntos aportes ilegales para financiar las campañas presidenciales del exmandatario de los años 2006 y 2011. El exjefe del Estado cumple esta condena en el establecimiento penitenciario Barbadillo, ubicado en el distrito limeño de Ate, mientras que su esposa Nadine Heredia se encuentra en Brasil, luego de que el gobierno de ese país le otorgara asilo.