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JNE: Habilita trámite de dispensas y justificaciones por no sufragar

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recuerda a la ciudadanía que las solicitudes de dispensa (por no sufragar) o justificación (por no instalar la mesa de sufragio) en las Elecciones Generales 2026, se pueden tramitar desde el día siguiente de la jornada de sufragio, de acuerdo con la normativa vigente.

Por no votar o no instalar la mesa.

El organismo electoral precisó que los ciudadanos pueden presentar su documentación a través del Sistema de Dispensa Virtual, disponible en el portal institucional, así como de manera presencial en casos excepcionales.

Asimismo, recordó que para este proceso electoral rige el nuevo “Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral”, aprobado mediante la Resolución N.° 0113-2025-JNE y publicado en marzo del año pasado. 

¿Desde cuándo se puede hacer el trámite?

El JNE indicó que la solicitud puede presentarse desde el día siguiente de la jornada electoral y hasta antes de la emisión de la resolución de medida cautelar de embargo dentro del proceso de ejecución coactiva.

¿Dónde se realiza?

El trámite se efectúa en línea a través del siguiente enlacevdispensavirtual.jne.gob.pe/login

De manera excepcional, también puede realizarse en mesa de partes presencial del JNE, de las Oficinas desconcentradas o de los Jurados Electorales Especiales (en época electoral)

¿Cuánto cuesta?

El pago por derecho de trámite es de S/ 25.90 (código 01465), el cual se realiza en el Banco de la Nación o mediante la plataforma Págalo.pe.

En caso de tener más de una omisión (no votar y no ser miembro de mesa), solo se paga una tasa por proceso electoral.

Requisitos generales

Para solicitar la dispensa o justificación se debe presentar:

  Copia de DNI/DNIe (según causal)

  Documentos que sustenten el motivo de la ausencia

  Comprobante de pago del trámite

 

Principales causales aceptadas

Entre los motivos válidos se encuentran:

  Viajes al extranjero por estudios o salud

  Desastres naturales o situaciones de fuerza mayor

  Discapacidad física, mental o intelectual

  Fallecimiento de familiar directo

  Error en el padrón electoral

  Función electoral o servicio militar/policial

  Prisión o reclusión

  Lactancia o gestación

  Robo o pérdida de DNI

  Incidencias atribuibles al sistema electoral

¿Cuándo no se paga el trámite?

El JNE precisó que no requieren pago los casos vinculados a:

  Desastres naturales o de origen humano

  Error en el padrón electoral

  Defectos en la organización y ejecución de actividades durante el desarrollo de la elección atribuible a las entidades del sistema electoral.

  Impedimento del ejercicio de derecho a la instalación, en los casos originados por incidencias electorales.

  Discapacidad física, mental, sensorial y/o intelectual.

  Prisión

  Función electoral

El organismo electoral recordó que toda documentación presentada debe estar vinculada directamente a la fecha del proceso electoral y, en caso de documentos emitidos en otro idioma, deberán contar con traducción al español.

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