Una propuesta legislativa, presentada por el congresista Juan Burgos (no agrupado), plantea la prohibición de postulación de autoridades municipalidades o regionales que hayan sido vacadas o revocadas, con la finalidad de garantizar la idoneidad de quienes participan a cargos de elección popular.
En tal sentido, la iniciativa legislativa se modifica la Ley Orgánica de Municipalidadesincorporando el artículo 25-A de dicha norma quedando redactado de la siguiente forma:
Artículo 25-A.- Efectos de la vacancia
La vacancia o revocatoria consentida o ejecutoriada del cargo de alcalde o regidor, impide su postulación en las elecciones municipales o regionales del siguiente período.
Artículo 31-A.- Efectos de la vacancia o revocación
La vacancia o revocatoria consentida o ejecutoriada del cargo de presidente, vicepresidente o consejero del Gobierno Regional, impide su postulación en las elecciones municipales o regionales del siguiente período.
En la exposición de motivos, refiere que esta propuesta legislativa busca que la vacancia o revocatoria consentida o
ejecutoriada de los cargos de alcalde, regidor, así como, presidente, vicepresidente o consejero del Gobierno Regional, sancione accesoriamente a dichas autoridades.
Ello con la finalidad de impedir su postulación en las elecciones municipales o regionales del siguiente período, pudiéndolo hacer recién en el subsiguiente período.