TC DECLARA IMPROCEDENTE LA INTERPRETACIÓN DEL ART. 117 DE LA CONSTITUCIÓN
El Pleno del TC admitió a trámite la demanda competencial presenta por el Congreso contra el Poder Judicial, pero no el pedido de ampliación vinculado a la interpretación del artículo 117 de la Constitución, en relación a la denuncia constitucional contra el presidente Pedro Castillo.
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el Tribunal señaló que no tiene competencias consultivas, y se pronuncia conforme al Código Procesal Constitucional
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El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) —en sesión plenaria de hoy martes— admitió a trámite por unanimidad la demanda competencial interpuesta por el Congreso de la República contra el Poder Judicial; sin embargo, declaró improcedente el escrito de ampliación del petitorio respecto a la interpretación del artículo 117 de la Constitución, ello en relación a la denuncia constitucional de la Fiscalía de la Nación contra el mandatario.
El Tribunal Constitucional argumentó que no tienen «competencias consultivas». «Respecto a la improcedencia del escrito ampliatorio, para la interpretación del artículo 117 de la Constitución, el Tribunal señaló que no tiene competencias consultivas, y se pronuncia conforme al Código Procesal Constitucional, en un litigio o proceso que cumpla con los requisitos básicos: afectación concreta a atribuciones de otro poder del Estado e identidades de partes en conflicto, lo que no se cumple en el referido escrito ampliatorio», se lee en el comunicado tras la reunión del Pleno del TC.
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El Colegiado decidió admitir la demanda en la que el Parlamento solicitó interprete las competencias que le corresponden al Congreso de la República, conforme a lo establecido en la Constitución Política del Perú y, asimismo, determine si estas pueden ser limitadas y restringidas por el Poder Judicial
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