La Primera Sala Constitucional de Lima declaró improcedente el recurso presentado a favor del expresidente, por lo que deberá continuar recluido en el penal de Barbadillo mientras se resuelve la apelación a su sentencia de 14 años de cárcel.
la sala consideró que dicho recurso debió declararse improcedente en su totalidad, al no haberse cumplido con el requisito de firmeza, previsto en el artículo 9 del Nuevo Código Procesal Constitucional.
Así, Vizcarra continuará cumpliendo su condena en el penal de Barbadillo , ubicado en el distrito limeño de Ate. Esto, luego de que la Primera Sala Constitucional de Lima declarara improcedente una demanda de habeas corpus que buscaba suspender la ejecución provisional de su sentencia de 14 años de prisión por el delito de cohecho pasivo propio, vinculada a los casos Lomas de Ilo y el Hospital Regional de Moquegua.
Mediante una resolución emitida el 14 de julio, el tribunal revocó el fallo dictado el pasado 1 de abril por la jueza constitucional Rocío Rabines. En dicha oportunidad, la magistrada había anulado una decisión previa de la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional, la cual había denegado la solicitud de la defensa para mantener en libertad al exmandatario hasta que se resuelva su apelación de fondo.
La Sala Constitucional determinó que el recurso, promovido en diciembre de 2025 por el ciudadano Mario Chávez, no cumplió con el requisito legal de firmeza. Al momento de interponerse este habeas corpus, aún estaba pendiente de resolverse la solicitud de suspensión de condena en la vía penal ordinaria.
Asimismo, advirtió que la defensa técnica del expresidente desplegó una conducta procesalmente irregular al accionar simultáneamente en la vía penal ordinaria, mediante una solicitud de suspensión de la ejecución provisional de la sentencia; y en la vía constitucional, mediante la interposición de una demanda de hábeas corpus.
Por ello, la sala revocó la sentencia emitida el pasado 1 de abril, en el extremo que resuelve declarar fundada en parte la demanda a favor de Martín Vizcarra.
Es importante anotar que el colegiado precisó que, dado que la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional ya emitió una decisión final sobre el tema, la defensa de Vizcarra queda habilitada para presentar un nuevo habeas corpus si lo estima pertinente.
La decisión fue adoptada por mayoría, con los votos de los jueces superiores Luciano Cueva, David Suárez e Iván Cabrera. En minoría, los magistrados Andrés Tapia y Oswaldo Ordóñez se mostraron a favor de confirmar el fallo inicial de la jueza Rabines.
Paralelamente al rechazo de este recurso, la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional programó para el jueves 20 de agosto, a las 11:00 a. m., la audiencia virtual en la que se evaluará el recurso que busca anular la sentencia condenatoria.
Cabe recordar que el 26 de noviembre de 2025, el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional impuso los 14 años de prisión a Martín Vizcarra tras acreditar que recibió 2,3 millones de soles en sobornos por parte de dos consorcios empresariales.
Los pagos ilícitos se efectuaron durante su gestión como presidente regional de Moquegua, a cambio de adjudicar el proyecto de irrigación Lomas de Ilo y la construcción del Hospital Regional.