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SBS APRUEBA REGISTRO DE ENTIDADES QUE REALIZAN OPERACIONES FINANCIERAS

Mediante la Resolución SBS Nº 00650-2024, publicada esta mañana en el Diario Oficial El Peruano, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP aprobó el registro de empresas y personas que realizan operaciones financieras o cambio de moneda que son supervisadas.

La medida tiene por objeto- según se precisa en el dispositivo legal- prevenir el lavado de activos así como el posible del financiamiento al terrorismo.

“Resulta necesario actualizar la Norma del Registro de Empresas y personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda, supervisadas en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo por esta Superintendencia”, se indica en el texto de la resolución.

De acuerdo con el texto de la referida resolución, el dispositivo legal es aplicable a las casas de cambio y a las empresas de préstamos o de empeño, que se encuentran bajo supervisión de la SBS a través de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF-Perú), en materia de los delitos descritos anteriormente.

“Así, las casas de cambio y las empresas de préstamos y/o empeño deben inscribirse en el Registro de Empresas y Personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda, de acuerdo a lo dispuesto en la presente norma”, se precisa en el dispositivo.

El dispositivo legal se emite “tomando en cuenta el incremento en el uso de medios electrónicos para proveer los servicios debido a los cambios tecnológicos y algunos aspectos detectados en las funciones de supervisión, así́ como, en consideración al criterio de simplificación administrativa”, se advierte.

En ese sentido se precisa que resulta “relevante modificar el plazo de permanencia en el Registro a carácter indeterminado, eliminando de esta manera la obligación de renovación”.

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