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CONOZCA LAS ATRIBUCIONES QUE TENDRÁN LOS NUEVOS SENADORES Y DIPUTADOS

El Poder Ejecutivo promulgó esta mañana la norma que modifica varios artículos de la Constitución Política del Perú vigente, estableciendo el retorno al sistema parlamentario de la doble cámara.
La ley 31988 precisa– entre otras cosas- que el Senado estará conformado por 60 miembros que serán elegidos por cinco años. Ello significa que en el próximo proceso electoral general se deberá nominar a un senador por cada circunscripción electoral.
Mientras que el resto de integrantes de esta cámara, será designado por distrito único electoral nacional.
Pero ¿cuáles serán las atribuciones del Nuevo Senado? De acuerdo con la referida norma los nuevos senadores cumplirán las siguientes funciones:
  1. Aprobar, modificar o rechazar las propuestas legislativas remitidas por la Cámara de Diputados.
  2. Elegir al defensor del pueblo con el voto de los dos tercios del número legal de sus miembros y, de ser el caso, removerlo por falta grave con igual votación.
  3. Designar al contralor general de la República y, de ser el caso, removerlo por falta grave.
  4. Elegir a los magistrados del Tribunal Constitucional con el voto de los dos tercios del número legal de sus miembros.
  5. Elegir a tres directores del Banco Central de Reserva y ratificar la designación de su presidente con la mayoría absoluta del número legal de sus miembros y removerlos por falta grave con igual votación.
  6. Ratificar al superintendente de banca, seguros y administradoras privadas de fondos de pensiones.
  7. Autorizar al presidente de la República para salir del país.
  8. Prestar consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, siempre que no afecte, en forma alguna, la soberanía nacional.
  9. Revisar los decretos de urgencia dictados por el presidente de la República durante el interregno parlamentario y proceder a modificación de acuerdo con su reglamento.
  10. Ejercer control sobre decretos legislativos, decretos de urgencia, tratados y los decretos de régimen de excepción.
  11. Aprobar los tratados señalados en el artículo 56 antes de su ratificación por el presidente de la República.
  12. Ejercer las demás atribuciones que le señala la Constitución y las que son propias de su función.

LOS DIPUTADOS

En tanto que serán atribuciones de la Cámara de Diputados:

  1. Aprobar las propuestas normativas a ser remitidas al Senado, conforme a su reglamento.
  2. Interpelar y censurar a los ministros de Estado.
  3. Otorgar o rehusar la confianza planteada por iniciativa ministerial.
  4. Conformar comisiones investigadoras con la finalidad de iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público.
  5. Ejercer las demás atribuciones que le señala la Constitución y las que son propias de su función”.

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