El Gobierno, a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), estableció un régimen excepcional que permitirá acceder a una reducción del 90 % de las multas impuestas por infracciones de transporte público y privado, con el objetivo de facilitar su pago efectivo y fortalecer la eficacia del sistema sancionador.
tendrá una vigencia de 90 días calendario para las multas por infracciones de tránsito y de 180 días calendario para las multas por infracciones de transporte público y privado.
El régimen excepcional, oficializado mediante el Decreto Supremo 017-2026, publicado en El Peruano, tendrá una vigencia de 90 días calendario para las multas por infracciones de tránsito y de 180 días calendario para las multas por infracciones de transporte público y privado.
La reducción de las multas fue una de las medidas que adelantó el último sábado la presidenta de la república, Keiko Fujimori, durante una reunión de trabajo con diversos gremios de transporte público, interprovincial y carga pesada, en la que también participó el titular del MTC, Rafael Rey.
¿A quiénes beneficia?
De acuerdo con el MTC, podrán acogerse voluntariamente quienes tengan multas pendientes de inicio de procedimiento sancionador, en trámite, firmes, impugnadas o en ejecución coactiva, así como aquellas que sean impuestas durante la vigencia del régimen.
El régimen excepcional no comprende las infracciones más graves, como las relacionadas con la conducción en estado de ebriedad, informalidad, agresión a inspectores y accidentes de tránsito, de acuerdo con las competencias de la ATU y las municipalidades provinciales.
De manera complementaria, el MTC adecuará las sanciones correspondientes a las infracciones de tránsito y transporte terrestre, aplicando criterios de razonabilidad y proporcionalidad, y revisará el régimen de asignación de puntos asociado a las infracciones de tránsito.
Por su parte, la ATU deberá ajustar sus tablas de infracciones y sanciones para los servicios públicos de transporte bajo su competencia.