le pido acumular todas las causas que involucran a Piero Corvetto y no dilatar más este asunto, con cerca de 300 carpetas que corren por cuerda separada, salvo que usted quiera apañar el cúmulo de irregularidades de la primera vuelta electoral.
Hoy me apersoné por segunda vez para repetir mi declaración sobre la denuncia presentada con el entonces jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y contra los que resulten responsables por la serie de anomalías en el proceso electoral del 12 de abril, entre ellas mesas no instaladas, reparto de material que no llegó, el robo descarado de votos y lo que es peor ampliar el plazo para que los electores voten al día siguiente de las elecciones generales, es decir el día lunes cuando ya se tenía una idea quienes pasarían a la segunda vuelta electoral.
Cabe precisar, que el Ministerio Público está en la obligación de acumular las denuncias en una sola carpeta cuando se trata exactamente del mismo hecho, basándose en principios de economía procesal, unidad de la investigación y para evitar la duplicidad de pronunciamientos, sin embargo, no es así, hay apenas cerca de 300 carpetas fiscales por los mismos hechos.
Cuando se ingresan múltiples denuncias que describen el mismo acontecimiento (las irregularidades en un local de votación o un hecho específico que involucra a la ONPE), la Fiscalía debe de aplicar los lineamientos de conexidad y competencia procesal para unificar los casos bajo un solo código único de carpeta fiscal.
La decisión de acumular las carpetas fiscales durante la etapa de diligencias preliminares e investigación preparatoria es una competencia exclusiva del Ministerio Público como parte de su estrategia investigativa. El Poder Judicial no tiene la facultad de ordenar esta acumulación en las fases iniciales. Esta acumulación evita que una persona sea investigada, procesada o sancionada dos veces por el mismo hecho, sujeto y fundamento.
Si los hechos relacionados con la ONPE no son idénticos, pero están estrechamente vinculados (mismos investigados, delitos conexos o elementos de prueba comunes), el fiscal está en la obligación de disponer la acumulación para asegurar la eficacia de la investigación.
Si la defensa del investigado (Piero Corvetto) detecta que existen dos carpetas abiertas por el mismo hecho, puede solicitar formalmente al fiscal la acumulación por conexidad o, en su defecto, interponer los mecanismos de tutela correspondientes si se vulneran sus derechos fundamentales.
De acuerdo con el Artículo 47, inciso 1, del Código Procesal Penal (CPP), la acumulación es obligatoria cuando varias personas aparecen como autores o partícipes de un mismo hecho punible. Esto se aplica plenamente a los casos de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) o cualquier otra entidad pública.
Si diferentes despachos fiscales investigan de forma separada el mismo suceso (por ejemplo, presuntas irregularidades en un proceso electoral específico administrado por la ONPE), se corre el riesgo de emitir disposiciones opuestas. Reunir las denuncias en una sola carpeta centraliza los actos de investigación y optimiza los recursos de la Fiscalía.
La Constitución Política y el Código Procesal Penal prohíben que una persona sea procesada o investigada dos veces por el mismo hecho, sujeto y fundamento. Tener carpetas mellizas vulnera esta garantía; además a Fiscalía se tiene que regir por las causales de conexión del artículo 31 del CPP y la Directiva No. 006-2012-MP-FN, la cual establece las pautas de competencia fiscal por derivación y acumulación.
Por lo tanto, señor fiscal de la Nación en estricto respeto a la Constitución Política y lo preceptuado en el Código Procesal Penal le pido a usted, acumular todas las causas que involucran a Piero Corvetto y no dilatar más este asunto, con cerca de 300 carpetas que corren por cuerda separada, salvo que usted quiera apañar el cúmulo de irregularidades de la primera vuelta electoral.