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OPINIÓN/ Los minerales invisibles del Perú: cómo impedir que las tierras raras y los metales estratégicos salgan del país sin ser contabilizados

Escribe: Alberto Carpio Ávila

Durante décadas, el Perú ha medido el éxito de su minería principalmente por las toneladas de cobre, zinc, plomo, oro, plata y hierro que produce y exporta. Las estadísticas oficiales registran volúmenes, precios, destinos comerciales y aportes tributarios que son los más importantes en la economía peruana. Sin embargo, detrás de esas cifras existe una dimensión menos visible: los concentrados minerales pueden contener numerosos elementos químicos adicionales que no siempre son identificados, valorizados ni declarados individualmente.

En sentido estricto, el problema no consiste necesariamente en que salgan del territorio cargamentos clandestinos de tierras raras. El riesgo más complejo es que elementos valiosos viajen legalmente dentro de concentrados de cobre, zinc, plomo u otros minerales, pero aparezcan documentalmente como simples componentes secundarios, impurezas o trazas sin valor comercial reconocido.

El cargamento puede estar declarado. El peso total puede coincidir. El mineral principal puede estar correctamente registrado. Y, sin embargo, parte de su riqueza química puede permanecer fuera de la contabilidad económica y tributaria del país.

Investigaciones recientes han advertido que concentrados peruanos podrían contener telurio, galio, germanio, indio, cobalto, vanadio y talio, entre otros elementos de creciente importancia tecnológica. No todos ellos son tierras raras en sentido químico, pero sí forman parte del grupo más amplio de minerales críticos o estratégicos requeridos por las industrias electrónica, aeroespacial, energética, militar y de
telecomunicaciones.

La cuestión es particularmente relevante porque muchos de esos elementos no se explotan como producto principal de una mina, sino que se recuperan como subproductos durante la fundición y refinación del cobre, el zinc, el plomo o el níquel. De ese modo, una refinería en el extranjero podría recibir un concentrado peruano, pagar únicamente por los metales reconocidos en el contrato y recuperar posteriormente otros elementos cuyo valor no fue plenamente trasladado al productor ni al
Estado peruano.

Esta posibilidad no debe convertirse en una acusación generalizada contra toda la industria minera ni en una conclusión sin respaldo analítico. Pero sí constituye una brecha de información que el Estado está obligado a cerrar.

La soberanía sobre los recursos naturales no se ejerce únicamente otorgando concesiones, cobrando regalías o fiscalizando el volumen exportado. También exige conocer con precisión qué sustancias salen del subsuelo peruano, en qué concentraciones, con qué valor comercial y bajo qué condiciones contractuales.

Tierras Raras, ¿qué son y para qué sirven? - MasScience

Tierras raras, minerales críticos y subproductos: una distinción necesaria

Las tierras raras comprenden los quince elementos lantánidos, desde el lantano hasta el lutecio, además del escandio y el itrio, que presentan propiedades químicas semejantes. Entre ellos se encuentran el cerio, neodimio, praseodimio, disprosio, terbio, gadolinio e itrio.

Son esenciales para fabricar imanes permanentes, turbinas eólicas, vehículos eléctricos, sensores, sistemas de guía, radares, motores de precisión, equipos médicos y dispositivos electrónicos avanzados.

El Ingemmet ha identificado potencial geológico de tierras raras en el centro del Perú. Estudios realizados en zonas como Pampa Hermosa y Calabaza, en Satipo, encontraron anomalías geoquímicas de interés, mientras que investigaciones posteriores en Junín reportaron concentraciones de óxidos totales de tierras raras de entre aproximadamente 1.090 y 5.038 partes por millón. Esto confirma un
potencial que ―aunque todavía no equivale automáticamente a la existencia de reservas comerciales explotables― debe continuar evaluándos.

Junto a las tierras raras existe otro conjunto de elementos estratégicos que, sin pertenecer químicamente a esa familia, poseen igual o incluso mayor importancia económica en determinadas industrias: el telurio, empleado en paneles solares y aleaciones; el galio, utilizado en semiconductores y sistemas de alta frecuencia; el germanio, requerido por la fibra óptica, sensores infrarrojos y electrónica; el indio, indispensable para pantallas y recubrimientos conductores; el cobalto, utilizado en baterías y superaleaciones; el vanadio, empleado en aceros especiales y almacenamiento energético; el renio, importante para turbinas aeronáuticas; el selenio, utilizado en electrónica, vidrio y energía solar; el bismuto, usado en aleaciones, farmacéutica y aplicaciones metalúrgicas; y el antimonio, empleado en retardantes de llama, baterías y aleaciones.

La política pública peruana no debería limitarse, por tanto, a una lista cerrada de “tierras raras”. Debe abarcar todos los elementos que puedan tener relevancia económica, industrial, tecnológica, tributaria o estratégica.

Cómo puede perderse el valor sin que desaparezca el cargamento

Los contratos internacionales de compraventa de concentrados suelen definir metales pagables, deducciones, penalidades, humedad, gastos de tratamiento y gastos de refinación. El comprador remunera determinados componentes —por ejemplo, cobre, oro o plata— y aplica descuentos por humedad, pérdidas metalúrgicas, impurezas o costos de procesamiento.

En ese sistema, un elemento químico puede seguir cuatro caminos: Puede ser reconocido y pagado expresamente; puede ser detectado, pero considerado no pagable; puede ser tratado como impureza y generar una penalidad; o puede ni siquiera formar parte del análisis comercial utilizado para calcular el valor de la operación.

El problema aparece cuando un elemento no pagable para el vendedor sí puede ser recuperado rentablemente por la fundición o refinería receptora.

En tal caso, el Perú podría estar exportando simultáneamente dos realidades distintas: una mercancía comercial declarada como concentrado de cobre o zinc y una canasta química más compleja que solo será aprovechada íntegramente en el extranjero, sin generar ingresos al erario nacional.

La actual regulación aduanera peruana ya contempla procedimientos de extracción y análisis de muestras y contramuestras de concentrados metalíferos. El procedimiento DESPA-PE.00.20 de la SUNAT establece pautas para el muestreo, la determinación de humedad y el análisis de composición, con participación de laboratorios acreditados y posibilidad de intervención de la autoridad aduanera.

Ese avance es importante, pero un sistema de muestreo no garantiza por sí mismo el conocimiento integral del contenido mineral. La eficacia depende de cuáles elementos deben analizarse obligatoriamente, qué límites de detección se utilizan, quién selecciona el laboratorio, cómo se custodian las contramuestras, qué información se reporta al Estado y cómo se vincula el resultado químico con el valor contractual y tributario.

La principal reforma no consiste en empezar desde cero. Consiste en transformar un control predominantemente aduanero y comercial en un sistema nacional de inteligencia mineral.

Por ello es imprescindible generar Políticas de Estado para conocer, valorar y proteger la riqueza mineral:

1. Aprobar una Ley de Trazabilidad y Valorización Integral de Concentrados Minerales

Que disponga que toda exportación de concentrados de cobre, zinc, plomo, hierro, estaño, molibdeno, níquel y otros productos definidos reglamentariamente cuente con un certificado multielemental obligatorio, el cual debería identificar todos los elementos detectables incluidos en una lista técnica nacional, con sus respectivas concentraciones, incertidumbres analíticas y límites de detección.

2. Crear el Registro Nacional de Composición de Concentrados

El Perú necesita una base de datos que integre información geológica,¿ productiva, comercial, aduanera y tributaria centralizada en un Registro Nacional de Composición de Concentrados que debería ser administrado conjuntamente por el Ministerio de Energía y Minas, la SUNAT y el Ingemmet, con participación del Instituto Nacional de Calidad, el Ministerio de Economía y Finanzas y el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería.

3. Establecer un panel multielemental obligatorio

El reglamento debería aprobar un panel mínimo de análisis que se actualice periódicamente, que podría incluir inicialmente:

● cobre, zinc, plomo, hierro, molibdeno, níquel y estaño;
● oro, plata y metales del grupo del platino;
● arsénico, cadmio, mercurio, antimonio y bismuto;
● cobalto, vanadio, renio, telurio, selenio, galio, germanio e indio;
● litio, cesio, rubidio, tantalio y niobio;
● escandio, itrio y los quince lantánidos;
● uranio y torio cuando las características geológicas lo justifiquen.

La lista debe ser dinámica, y un comité científico tendría que revisarla por lo menos cada dos años en función de cambios tecnológicos, precios internacionales, riesgos ambientales y hallazgos geológicos.

4. Exigir análisis mediante técnicas de alta sensibilidad

No basta con ordenar que se busquen determinados elementos. Es indispensable establecer métodos capaces de detectarlos con precisión. El Ingemmet ya ha utilizado análisis multielementales mediante Espectrometría de Masas con Plasma Acoplado Inductivamente ICP-MS (en inglés, Inductively Coupled Plasma Mass Spectrometry), que es una de las técnicas analíticas más avanzadas de la química moderna para detectar y cuantificar casi cualquier elemento de la tabla periódica, logrando medir concentraciones extremadamente bajas denominadas trazas y ultra trazas (partes por billón o por trillón). El reglamento debe fijar límites mínimos de detección y cuantificación para cada elemento. De lo contrario, un certificado podría declarar “no detectado” simplemente porque se utilizó un método insuficientemente sensible.

5. Reformar el sistema de muestreo y contramuestras

 En minerales heterogéneos, el mayor error puede producirse antes de ingresar al laboratorio. Una muestra mal tomada, segregada o contaminada hace inútil incluso el análisis más sofisticado. Por ello, cada embarque debería generar, como mínimo, cuatro fracciones selladas:

● muestra para el análisis del exportador;
● muestra para el laboratorio de control estatal;
● contramuestra para eventuales controversias;
● muestra de archivo estratégico.

6. Crear una Red Nacional de Laboratorios Estratégicos

El Perú no puede depender exclusivamente de informes encargados y pagados por los mismos operadores fiscalizados, debe crearse una red de laboratorios públicos y privados acreditados, sometidos a pruebas de aptitud, auditorías cruzadas y programas de comparación Inter laboratorios.

7. Vincular la composición química con la declaración aduanera

La Declaración Aduanera de Mercancías debe incorporar un anexo digital obligatorio de composición multielemental. El sistema informático de la SUNAT debería impedir la regularización definitiva de una exportación de concentrados cuando falten:

● certificado de muestreo;
● informe de humedad;
● certificado multielemental;
● identificación del laboratorio;
● cadena de custodia;
● contrato comercial o resumen estructurado de sus variables económicas;
● declaración de elementos pagables y no pagables;
● liquidación provisional.

Posteriormente, el exportador tendría que presentar la liquidación final emitida por el comprador. Cualquier pago adicional, ajuste de ley, premio metalúrgico, penalidad revertida o reconocimiento posterior de un subproducto tendría que ser comunicado a la SUNAT.

La aduana dejaría así de observar únicamente la mercancía física y pasaría a controlar también la evolución económica de la operación.

8. Regular las liquidaciones provisionales y finales

En el comercio de concentrados, el valor declarado al embarque puede ser provisional. La ley, el precio del metal, los gastos de tratamiento y otros componentes pueden ajustarse después de que el comprador realiza sus propios ensayos.

El Estado debe exigir que toda diferencia entre la liquidación provisional y la liquidación definitiva sea informada automáticamente.

9. Reformar la tributación de los subproductos

El objetivo no debe ser crear un impuesto indiscriminado sobre cada elemento detectado. Debe construirse un régimen que grave el valor realmente generado: cuando un elemento se encuentre por debajo del umbral técnico de recuperación, bastará con registrarlo; cuando sea recuperable ―pero el contrato no lo reconozca― el Estado deberá determinar si existe una práctica comercial razonable o una posible transferencia de valor al comprador; cuando el elemento sea efectivamente recuperado y comercializado, deberá formar parte de la base económica correspondiente, ya sea mediante regalías, impuesto a la renta, ajustes de precios de transferencia u otros mecanismos aplicables.

10. Fortalecer los precios de transferencia

Una proporción importante del comercio internacional de minerales puede realizarse entre empresas vinculadas, comercializadoras relacionadas, filiales o entidades pertenecientes a un mismo grupo económico. Por ello, la SUNAT debe contar con una unidad especializada en precios de transferencia de minerales y subproductos que analice ―entre otros― contratos entre partes vinculadas; comparables internacionales; cargos de tratamiento y refinación; primas y descuentos; y destinos de refinación.

El principio central debe ser claro: el mineral no puede perder valor tributario simplemente porque el contrato inicial decide no reconocer un elemento que posteriormente será aprovechado por una empresa del mismo grupo.

11. Reconocer jurídicamente el valor de los subproductos

Los contratos mineros y de compraventa deberían declarar expresamente quién conserva la propiedad económica de los subproductos contenidos en el concentrado, actualmente puede ocurrir que determinados elementos sean transferidos de hecho al comprador sin que exista una valoración separada.

La ley debería presumir que todo elemento económicamente recuperable forma parte del valor de la transacción, salvo que el exportador demuestre, mediante evidencia técnica y comercial, que no existe recuperación o valor económico razonable.

Esto invertiría adecuadamente la carga informativa. El Estado no tendría que probar, embarque por embarque, que una refinería extranjera recuperó un metal. El operador tendría que acreditar las condiciones bajo las cuales un elemento no fue reconocido ni aprovechado.

12. Aplicar auditorías metalúrgicas a las fundiciones de destino

Para conocer el valor real de un concentrado no basta con analizar el producto que sale del Perú. También es necesario entender qué ocurre en la instalación que lo procesa, las empresas exportadoras deberían informar la fundición o refinería de destino y ―cuando exista vinculación empresarial o contratos de largo plazo― presentar información técnica sobre ―entre otros― circuito metalúrgico utilizado; tasas de recuperación; y subproductos habitualmente obtenidos.

El Perú puede incorporar cláusulas de auditoría en contratos con empresas estatales, asociaciones público-privadas, convenios de estabilidad o permisos especiales. En operaciones estrictamente privadas, puede exigir declaraciones certificadas y aplicar análisis de riesgo.

13. Incorporar inteligencia artificial y análisis de riesgos

No todos los embarques requieren el mismo nivel de intervención física. La SUNAT debería desarrollar un modelo de riesgo que combine ―entre otros― procedencia geológica; historial del productor; variabilidad de leyes; comprador; destino; y precios declarados.

14. Crear una Cuenta Nacional de Recursos Minerales Estratégicos

El Perú debería integrar los datos de producción, exportación y composición en una contabilidad física nacional. Esta cuenta permitiría diseñar políticas industriales basadas en evidencia y no únicamente en estimaciones generales.

15. Publicar estadísticas de exportación más desagregadas

La transparencia internacional del sector extractivo peruano todavía puede profundizarse aún más. La evaluación de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas ha señalado que la información peruana sobre exportaciones minerales no se encuentra plenamente desagregada por región de origen, empresa o proyecto.

El país debería publicar informes anuales con ―entre otros―: volúmenes por empresa y unidad minera; destino comercial; composición promedio; y principales elementos estratégicos

16. Crear una Comisión Nacional de Minerales Críticos

La gobernanza no puede quedar dispersa entre varias instituciones sin una autoridad coordinadora. Debe constituirse una Comisión Nacional de Minerales Críticos, la cual tendría la responsabilidad de aprobar la lista nacional de minerales críticos, coordinar laboratorios, proponer incentivos, evaluar riesgos de abastecimiento y publicar un informe anual.

Su funcionamiento debe ser técnico, permanente y protegido de los cambios políticos.

17. Formular una Estrategia Nacional de Minerales Críticos

El Perú necesita definir qué elementos considera estratégicos y por qué; la
clasificación no debe copiar automáticamente las listas de Estados Unidos, China o la Unión Europea.

Debe responder a los intereses peruanos. La estrategia debería revisar periódicamente la situación del cobre, litio, tierras raras, indio, galio, germanio, telurio, cobalto, vanadio, manganeso, grafito, fosfatos, uranio y otros recursos.

18. Promover la recuperación nacional de subproductos

Contabilizar mejor es indispensable, pero no suficiente. El objetivo de largo plazo debe ser recuperar en el Perú una parte creciente de esos elementos. El Estado debería ofrecer incentivos temporales y condicionados para ―entre otros―: plantas de refinación; recuperación de telurio y selenio, indio y germanio; tratamiento de polvos metalúrgicos; y reprocesamiento de relaves.

Los incentivos no deben convertirse en subsidios permanentes ni en privilegios tributarios sin resultados. Deben estar vinculados a inversión, transferencia tecnológica, empleo calificado, producción verificable y cumplimiento ambiental.

19. Desarrollar una política sobre relaves y residuos mineros

Parte de los minerales estratégicos no sale en los concentrados; permanece en relaves, desmontes, escorias, polvos y lodos. El país debería exigir la caracterización multielemental de los depósitos de relaves y residuos metalúrgicos; esto permitiría identificar recursos secundarios y, al mismo tiempo, riesgos ambientales asociados con arsénico, mercurio, cadmio, uranio, torio u otros elementos.

20. Convertir los puertos mineros en puntos de inteligencia económica

Los terminales del Callao, Matarani, Salaverry y otros puntos de salida deben contar con infraestructura adecuada de muestreo, laboratorios de primera respuesta, cámaras, sensores, balanzas calibradas y sistemas de trazabilidad; cada lote debería poseer una identidad digital única desde la planta concentradora hasta el buque.

21. Establecer sanciones proporcionales y disuasivas

La omisión de un elemento puede deberse a una diferencia analítica legítima, una interpretación contractual, negligencia o fraude. La ley debe distinguir esos supuestos. La sanción debe guardar relación con el valor omitido, la reincidencia y el grado de intencionalidad.

22. Proteger al denunciante y al profesional técnico

Los geólogos, químicos, metalurgistas, laboratoristas, trabajadores portuarios y funcionarios pueden detectar anomalías antes que cualquier auditoría.

Debe implementarse un canal protegido para denunciar ―entre otros― manipulación de muestras; sustitución de contramuestras; presión sobre laboratorios; alteración de certificados; y pagos no declarados. La protección debe incluir confidencialidad, prohibición de represalias, asistencia legal y, en casos relevantes, incentivos por recuperación de ingresos públicos.

La defensa del interés nacional no exige hostilidad contra la inversión minera. Un sistema predecible, técnicamente sólido y transparente también favorece a las empresas responsables. Reduce controversias, mejora la calidad de los contratos, fortalece la reputación de los productos peruanos y proporciona seguridad jurídica.

La reforma debe evitar medidas improvisadas como prohibir exportaciones, imponer tasas sin base técnica o presumir fraude en toda operación.

También debe impedir que el discurso sobre soberanía mineral sea utilizado para justificar monopolios ineficientes, empresas estatales sin capacidad técnica o decisiones políticas alejadas de la realidad metalúrgica.

El Estado debe ser firme, pero competente. Exigente, pero predecible. Estratégico, pero no arbitrario. La mejor política no es aquella que intenta capturar mediante decreto un valor inexistente, sino aquella que desarrolla la capacidad científica necesaria para identificar el valor real.

El Perú ha exportado durante generaciones minerales que transformaron otras economías. Primero fue la plata. Después el guano, el salitre, el cobre, el zinc y el oro. En cada etapa, el debate nacional apareció cuando gran parte del valor ya había salido del territorio.

Las tierras raras y los minerales críticos ofrecen una oportunidad para actuar antes de que esa historia vuelva a repetirse.

No puede afirmarse, sin análisis sistemático, que cada embarque peruano esté entregando gratuitamente una riqueza extraordinaria a las refinerías extranjeras. Pero tampoco es aceptable que el Estado desconozca la composición integral de los recursos que abandona su territorio.

La pregunta correcta no es solamente cuánto cobre exporta el Perú.

La pregunta es qué contiene realmente ese cobre, qué otros elementos viajan con él, quién los recupera, quién recibe su valor y qué parte corresponde legítimamente al país de origen.

La política pública debe comenzar por un principio elemental: ningún concentrado mineral debería salir del Perú sin que el Estado conozca, con rigor científico, su composición química completa.

Qué tierras tan raras! Elementos esenciales en nuestra vida cotidiana

Conocer no significa confiscar. Analizar no significa impedir la inversión. Contabilizar no significa gravar irracionalmente. Significa ejercer soberanía con inteligencia.

El Perú no debe aspirar únicamente a extraer más minerales. Debe aprender a identificar mejor su riqueza, negociar correctamente su valor, recaudar lo que corresponde y utilizar sus recursos estratégicos para construir capacidades industriales propias.

Porque aquello que no se analiza no se conoce; aquello que no se conoce no se valoriza; y aquello que no se valoriza termina enriqueciendo a otros sin que el país pueda siquiera medir lo que ha perdido.

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