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¿Desconocimiento o adrede? HAGAMOS RESPESTAR LA MEMORIA DE GIAMPIETRI

Escribe: Alfredo Vignolo G. del V.

MAGALY MEDINA DENUNCIADA POR VIOLAR EL HORARIO FAMILIAR - Diario Expreso

 

 

es competencia del Poder Ejecutivo decretar Duelo Nacional y se izará el Pabellón Nacional a media asta en los edificios públicos, bases militares, buques de la Armada, establecimientos policiales y demás dependencias del Estado en todo el territorio de la República

 

El almirante Luis Giampietri Rojas fue émulo de Miguel Grau Seminario, se especializó en inteligencia naval, en el segundo gobierno de Alan García, fue vicepresidente de la República y congresista.
Fue uno de los 72 rehenes del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA) durante la toma de la residencia del embajador japonés en 1996 y artífice en la exitosa operación Chavín de Huántar, que consiguió el rescate de todos los retenidos, por eso se le considera héroe.
La tarde del miércoles 4 de octubre último el héroe Giampietri entró en esa quietud eterna que es la muerte, sin embargo, el Gobierno de Dina Boluarte, la recua de asesores de la Presidencia de la República, del Consejo de Ministros y del ministerio de Relaciones Exteriores, por ignorancia o adrede se olvidaron que existe el Decreto Supremo No. 096-2005-RE, referido al Ceremonial del Estado.
En el capítulo referido a los vicepresidentes, el artículo 64 del referido D.S. es muy claro: “Al conocerse el fallecimiento del Primer o del Segundo Vicepresidente de la República, se decretará Duelo Oficial el día de la inhumación de sus restos mortales en consideración a su alta investidura, y se izará a media asta el Pabellón Nacional en los edificios públicos, locales militares, buques de la Armada, locales policiales y demás dependencias del Estado”, en el artículo 65, se especifica que: “Los restos serán velados en la capilla del Sagrario de la Basílica Metropolitana, el traslado de los restos mortales al lugar del velatorio se realizará en privado”.
El artículo 66, contempla que: “Las exequias se celebrarán con asistencia del Jefe del Estado, los Presidentes de los Poderes Públicos, del Vicepresidente, del Gabinete Ministerial, del Decano del Cuerpo Diplomático, del Alcalde de Lima y altas autoridades civiles, militares y eclesiásticas”.
A la salida de la capilla del Sagrario de la Basílica Metropolitana tomarán las cintas el presidente de la República; el presidente del Consejo de Ministros; un Ministro de Estado designado, el Decano del Cuerpo Diplomático; y una persona designada por la familia. El cortejo fúnebre será acompañado por los deudos y las autoridades civiles, militares y eclesiásticas que asistieron a las exequias.
En el cementerio, antes de la inhumación de los restos, será pronunciado el discurso oficial por el Presidente de la República y de acuerdo con el artículo 69 “En coordinación con la Oficina de Protocolo del Ministerio de Defensa se ejecutarán los honores militares contemplados en el Reglamentos de Ceremonial Terrestre y Protocolo Militar para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional”.
El mismo decreto supremo especifica en el artículo 73, que: “Al conocerse la noticia del fallecimiento, la Dirección Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado coordinará ya sea con el Ministerio de Justicia o con el Oficial Mayor del Congreso la ejecución del Ceremonial que en cada caso corresponda”.
Finalmente es competencia del Poder Ejecutivo decretar Duelo Nacional y se izará el Pabellón Nacional a media asta en los edificios públicos, bases militares, buques de la Armada, establecimientos policiales y demás dependencias del Estado en todo el territorio de la República y en las misiones diplomáticas y consulares en el exterior, durante los días que haya sido señalado.

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